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Denuncia La Comisión de Derechos Humanos de Municipios de Cuba en el Exilio

Municipios de Cuba en el Exilio
Comisión de Derechos Humanos

Domingo 18 de Septiembre.
Miami. Florida.

Elsa América González Padrón, esposa de Víctor Rolando Arroyo Carmona, informó a Emma Dorta de Rego, representante de Derechos Humanos de Municipios de Cuba en el Exilio; vía telefónica desde Pinar del Río, hoy domingo 18, que se trasladarán mañana lunes 19 a Guantánamo; Sonia Alvárez Campillo, esposa de Félix Navarro Rodríguez, acompañada por su hija Saylí; miembros de las Damas de Blanco, para presentar una petición ante la Fiscalía General de dicha ciudad. Anteriormente fue presentada en la Fiscalía General en la Habana sin resultado alguno, no la aceptaron argumentando que debían de presentarla en Guantánamo.

Mientras Víctor Arroyo continua e en su demanda de cambio del oficial el Capitán Armesto, con quien Arroyo rechaza todo tipo de contacto, por propiciar directa o indirectamente maltratos físicos y morales a los prisioneros en la prisión provincial de Guantánamo, las autoridades penitenciarias respondieron trasladando al periodista independiente y prisionero de conciencia de la galería 4 A a la 4 B.

En los últimos meses contaba con encuentros esporádicos con otros dos prisioneros de conciencia, Félix Navarro y Reinaldo Labrada. Este último fue trasladado en agosto a la prisión de Boniato, en Santiago de Cuba. La esposa de Arroyo, Elsa, hace responsable a la dirección de la prisión "aplicar otra forma de castigo" a su esposo, pues "el contacto con sus compañeros de causa será más difícil ahora".

Félix Navarro en solidaridad con las justas demandas de Víctor Arroyo, y por la acción de los guardias que lo arrastraron por uno de los pasillos de la prisión, pues este quería estar presente en una requisa que efectuaban en su celda, los guardias se negaron y lo arrastraron hacia otra celda.

En una carta extraída clandestinamente de la prisión, Navarro exigió una investigación por parte de la fiscalía general sobre los abusos cometidos contra Arroyo. Terminó la carta diciendo que si Arroyo no estaba de regreso en su celda el Jueves 15, el también se declaraba en huelga de hambre en protesta. Como resultado Navarro ante la indolencia y mal trato del penal, se declaró en huelga de hambre.

La petición llevada por las esposas e hija exige que le den información de el estado de salud de los presos Víctor Rolando Arroyo Carmona y Félix Navarro. Denuncian que por más de cuatro meses no tienen noticias. Ni permiten visitas familiares. El aislamiento es total, persiste la prohibición de correos, llamadas telefónicas, y no permiten pasarles medicamentos a pesar del estado de salud crítico de Arroyo. En la prisión niegan las noticias con respecto a ellos.

Arroyo y Navarro forman parte del grupo de 75 periodistas y opositores pacíficos condenados en 2003 a largas condenas. El periodista independiente Víctor Rolando Arroyo fue condenado a 26 años, que cumple desde entonces en la prisión Combinado de Guantánamo, a 1074 kilómetros de su hogar en Pinar del Río. Félix Navarro fue condenado 25 años.

La Comisión de Derechos Humanos de Municipios de Cuba en el Exilio, hacemos responsables al gobierno comunista de Cuba de los hechos que puedan poner en peligro las libertades y derechos de Las Damas de Blanco, Sonia Alvarez Campillo, su hija Saily y Elsa América González Padrón en su empeño de denunciar lo que sus esposos y padre padecen en la cárcel de Guantánamo ante las autoridades judiciales.

DENUNCIAMOS LA INTENCIÓN DE EXTERMINIO DEL PUEBLO CUBANO Y EN
PARTICULAR DE LOS PRESOS DE CONCIENCIA.

DENUNCIAMOS QUE EL GOBIERNO CUBANO VIOLA TODOS LOS DERECHOS DE LOS PRISIONEROS CONTENIDOS EN LOS:

Principios básicos para el tratamiento de los reclusos, A.G. res.
45/111, annex, 45 U.N. GAOR Supp. (No. 49A) p. 200, ONU Doc. A/45/49 (1990).

En sus 11 Art.
-todos los reclusos seguirán gozando de los derechos humanos y las
libertades fundamentales consagrados en la Declaración Universal de
Derechos Humanos y, cuando el Estado de que se trate sea parte, en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo Facultativo, así como de los demás derechos estipulados en otros instrumentos de las Naciones Unidas.

Conjunto de Principios para la Protección de Todas las Personas
Sometidas a Cualquier Forma de Detención o Prisión, A.G. res. 43/173,
anexo, 43 U.N. GAOR Supp. (No. 49) p. 298, ONU Doc. A/43/49 (1988).

Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos, adoptadas por el
Primer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y
Tratamiento del Delincuente, celebrado en Ginebra en 1955, ONU Doc.
A/CONF/611, annex I, E.S.C. res. 663C, 24 U.N. ESCOR Supp. (No. 1) p. 11, ONU
Doc. E/3048 (1957), amended E.S.C. res. 2076, 62 U.N. ESCOR Supp. (No.
1) p. 35, ONU Doc. E/5988 (1977) .

Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la
ley, A.G. res. 34/169, anexo, 34 U.N. GAOR Supp. (No. 46) p. 186, ONU Doc.
A/34/46 (1979).

Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas
de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley,
Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y
Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana (Cuba), del 27 de agosto
al 7 de septiembre de 1990, ONU Doc. A/CONF.144/28/Rev.1 p. 112 (1990).

Hacemos un llamado de reconocimiento y apoyo a la comunidad internacional que conforman las democracias y libertades, así como a los Organismos de Derechos Humanos para que denuncien estas violaciones y cesen inmediatamente.



Mayda Cardín
Presidente de la Comisión de Derechos Humanos
Municipios De Cuba en el Exilio.

Contacto:
(305) 447-8866
e-mail: municipiocdhcuba@bellsouth.net 
 
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